- Energia
Cuánto cuesta y cómo se solicita el certificado de eficiencia energética
10 de diciembre 2024
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Lo que al principio fue un concepto cuyo significado pocos conocían hoy es una realidad cotidiana cada vez más sustancial. Hablamos del certificado de eficiencia energética, un documento que proporciona la información necesaria acerca del rendimiento energético de las viviendas. Impulsado por el Parlamento Europeo en 2002, en España se adoptó en el Real Decreto 235/2013, el cual quedó derogado por el Real Decreto 390/2021 () de 1 de junio, que aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
Dicha norma define el documento como la “expresión de la eficiencia energética de un edificio o parte del mismo que se determina de acuerdo con la metodología de cálculo establecida en el documento reconocido correspondiente al Procedimiento básico y se expresa con indicadores energéticos mediante la etiqueta de eficiencia energética”.
Es de obligada aplicación en edificios de nueva construcción, edificios o partes de ellos que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, aquellos pertenecientes u ocupados por la administración, y otros en los que se realicen reformas, los destinados a usos públicos (sanitarios, docentes, culturales, etc.) o los que tengan que pasar obligatoriamente la Inspección Técnica del Edificio.
Esa es la teoría. En la práctica, el certificado de eficiencia energética es el equivalente de los edificios a la tarjeta adhesiva que, con letras y colores, encontramos en los electrodomésticos que compramos. Así, la categoría G tendría la clasificación más ineficiente, y estaría indicada de color rojo, mientras que la A sería muy eficiente, y se resalta en verde oscuro.
Se prevé que, más pronto que tarde, la legislación exija unas calificaciones mínimas para vender la vivienda, con el objetivo de que aquellas con calificación F y G la mejoren. Se trata, en definitiva, de un documento importante, el cual, si bien al principio servía solo para poder vender o alquilar una casa, en lo sucesivo irá cobrando mayor relevancia.
PARA QUÉ SIRVE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
Con el certificado de eficiencia, el comprador o arrendatario obtiene información muy útil sobre el consumo energético de la vivienda. Del mismo modo que le interesan sus metros cuadrados, su orientación, su distribución y la zona donde se ubica, también aclara sus dudas con respecto a cuánto le va a costar calentar e iluminar el piso.
El certificado incorpora varios apartados:
- La identificación del edificio.
- La descripción de las pruebas realizadas por el técnico, así como de las características energéticas (aislamiento térmico, instalaciones, iluminación, confort térmico, calidad del aire interior…).
- La propia clasificación de eficiencia energética antes mencionada.
- Las recomendaciones para posibles mejoras en ese escalafón.
Los propietarios de edificios de nueva construcción están obligados a obtenerlo. También los de aquellos edificios más antiguos que van a venderse o alquilarse. Quedan exentos aquellos cuya superficie útil interior es menor de 50 m2 y los que se ocupan menos de cuatro meses al año (o consumen menos del 25% de la energía prevista para un año).
El certificado de eficiencia energética lo emite un certificador autorizado por cada comunidad autónoma. También un técnico del Colegio Profesional de Arquitectos y Aparejadores de tu provincia. Una vez expedido, el certificado debe registrarse para ser validado por la administración autónoma local, que entregará al propietario una copia original. La validez del certificado es de 10 años, si bien cada reforma que se efectúe en la vivienda exige renovarlo.
En este sentido, y aunque hay empresas que ofrecen el certificado sin inspeccionar la casa, conviene resaltar que la visita del técnico resulta primordial; en primer lugar, porque la ley obliga a ello desde 2021; y, en segundo, porque el objetivo, más que ahorrarnos dinero en la gestión, es conseguir un certificado legal y que refleje de forma adecuada el consumo fidedigno de nuestro hogar. De este modo, partiremos de una base real cuando queramos mejorar su calificación. En otras palabras: pagar un poco más da acceso a mucho más.
CUÁNTO CUESTA EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
Dado que el certificado de eficiencia energética pueden emitirlo diferentes profesionales, y no se ha estipulado un precio fijo (está liberalizado), este puede variar. Como término medio, puede determinarse que nos costará 1,50 euros por cada metro cuadrado de la superficie. Es decir, que, para una vivienda de 120 metros cuadrados, el certificado tendría, de media, un coste de 180 euros. En cualquier caso, y además de por la superficie de la vivienda, el precio oscila en función de los honorarios de la empresa elegida por llevar a cabo las tareas de toma de datos del inmueble, realización del informe y registro del certificado.
Por otra parte, cada comunidad autónoma establece unas tasas para registrar el documento. Algunas no cobran nada (Aragón, Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Ceuta, Madrid, Navarra y País Vasco), y otras obligan al pago de ciertas cantidades:
- Baleares: 4,64 € en viviendas de menos de 100 m2 y 9,27 en las que superan esa superficie.
- Castilla-La Mancha: 16,32 €.
- Castilla y León: 29,10 €.
- Comunidad Valenciana: 10 € en pisos y viviendas unifamiliares.
- Extremadura: 22,90 €.
- Galicia: 5 € más 0,08 €/m2 para viviendas unifamiliares o pisos.
- La Rioja: 16,20 €.
- Murcia: 23,23 €.
- Cataluña: 11,55 € para pisos o viviendas unifamiliares.
DEDUCCIONES POR CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
A fin de que las viviendas mejoren su calificación, contribuyendo así a una reducción de sus emisiones contaminantes, cuidando el medio ambiente y generando mayor confort y bienestar en el hogar, el gobierno de España contempla unas deducciones (ENLACE AL ARTÍCULO) en la declaración de la renta. Tienen derecho a ellas aquellas que hayan reducido por lo menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable o consigan una mejora en la calificación energética, obteniendo las categorías A o B. Además, las obras habrán de haberse realizado entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2024.
Este aliciente incluye las siguientes deducciones: de un 20% para las obras de reducción de demanda de calefacción y refrigeración; de un 40% para las obras de mejora en el consumo de energía primaria no renovable; y de un 60% por obras de rehabilitación energética. En el primer caso, la base máxima para desgravar es de 5.000 €; de 7.500 € en el segundo; y de 5.000 € al año (sin que supere en total los 15.000 €) en el tercero.
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