Información del Mercado Energético
Descubre toda la información sobre el Mercado Energético y resuelve todas tus dudas.
¿Cómo se genera el precio de la electricidad?
Las empresas generadoras realizan ofertas de venta de energía para cada hora del día. Estas ofertas se van casando, dando prioridad a las que ofrecen la electricidad más barata, hasta cubrir toda la demanda del mercado. La última oferta de venta casada es la que determina el Precio Marginal Horario, que se aplica a todos los generadores que hayan resultado casados para esa hora.
El proceso es diario y fija el precio para cada hora del día siguiente. Si necesitas más información al respecto puedes acudir a www.energiaysociedad.es
Consulta las siguientes preguntas frecuentes para resolver dudas sobre esta legislación
Desde el 1 de enero de 2003 se puede elegir compañía de gas natural y electricidad.
¿Qué significa la liberación del mercado y qué opciones ofrece?
La liberalización del mercado energético significa que el consumidor puede elegir su compañía suministradora de gas natural y electricidad, con independencia de la zona geográfica en la que se encuentre, tanto para su hogar como para su empresa o negocio.
Puede pasar a mercado liberalizado, es decir contratar el suministro de gas, electricidad o ambos conjuntamente, con la empresa comercializadora que, en tu opinión, ofrezca las mejores condiciones, en situación de competencia.
¿Qué aspectos hay que tener en cuenta a la hora de contratar una compañía energética?
Comprobar que la compañía comercializadora que hace la oferta figura en el registro de empresas autorizadas por el Ministerio de Economía. Tener en cuenta, a la hora de calcular el importe final que resultará de la oferta, los impuestos sobre la electricidad y el gas natural y los demás conceptos facturables. Ya que la oferta puede constar de diversos productos, como electricidad, gas o ambos, así como otros servicios, se debe considerar si el conjunto del paquete ofrecido satisface tus necesidades y expectativas. También debes considerar la calidad del servicio de atención al cliente que ofrece la Compañía.
¿Cuánto cuesta pasar del mercado a tarifa al mercado liberalizado?
Nada. El cambio de suministro de tarifa regulada a mercado liberalizado no supone ningún coste adicional.
¿Es necesario cambiar los contadores?
En el caso de los suministros con una potencia contratada inferior a 15 kW, el paso al mercado liberalizado no requiere realizar ningún cambio, salvo la preceptiva instalación de un interruptor-controlador de potencia (ICP) si se careciese del mismo. En el caso de los suministros con una potencia contratada inferior a 15 kW, se tendrá que instalar, desde 2004, permanezca o no a tarifa, un nuevo equipo de medida que se podrá alquilar a un precio oficial.
¿Quién tiene la responsabilidad sobre la calidad del suministro?
La calidad del suministro seguirá siendo responsabilidad de las empresas distribuidoras y no dependerá de la empresa comercializadora que elija. Por eso, el cambio de compañía no conllevará ninguna modificación en la calidad técnica del suministro.
¿Cómo te ayuda Ibedrola a realizar todas las gestiones?
En Iberdrola te facilitamos todas las gestiones, para que no tengas que ocuparte de nada.
Sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros y nos encargamos de todo.
También puedes consultar todas nuestras ofertas y servicios.
Si deseas más información sobre los pasos a seguir y el servicio que Iberdrola te puede ofrecer, consulta la siguiente información
Desde el 1 de julio de 2008, las tarifas de alta tensión han desaparecido para dar paso a un mercado liberalizado en el que cada usuario selecciona la comercializadora que mejores condiciones le ofrezca.
Nuevo impulso a la liberalización del mercado eléctrico
Desde el 1 de julio de 2008 la liberalización del mercado eléctrico cobra un nuevo impulso ya que desaparecen las tarifas generales de alta tensión, así como la tarifa horaria de potencia (THP) y las tarifas de riegos de alta tensión (R.1, R.2 y R.3).
¿Qué hacer ante la desaparición de las tarifas de alta tensión?
La mejor opción: pasar a mercado liberalizado cuanto antes, es decir contratar el suministro de electricidad con la empresa comercializadora que, en su opinión, le ofrezca las mejores condiciones, en situación de competencia.
¿Qué pasa con los suministros de alta tensión a partir del 1 de julio de 2008 si no se contrataron con una comercializadora?
Desde el 1 de julio de 2008 la empresa distribuidora facturará el primer mes la energía eléctrica consumida al mismo precio que la tarifa de baja tensión 3.0.2, con el complemento de energía reactiva y el tipo de discriminación horaria que se tuviera contratado. Ello supone un significativo encarecimiento.
¿Hay que cambiar necesariamente de compañía eléctrica?
El paso al mercado liberalizado significa necesariamente un cambio de compañía, pero se puede contratar con una empresa comercializadora del mismo Grupo que su actual compañía distribuidora, como es el caso de Iberdrola.
¿Cómo te ayudamos en Ibedrola a realizar todas las gestiones del cambio?
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Solo tienes que ponerte en contacto con tu gestor personal asignado o en el Teléfono de Empresas.
Tarifas vigentes de Electricidad
Tal y como se establece en el Real Decreto 216/2014 de 28 de marzo [PDF], el precio que deben pagar los consumidores sin derecho a acogerse al precio voluntario para el pequeño consumidor, y que transitoriamente carecen de un contrato de suministro en vigor con un comercializador y continúen consumiendo electricidad, es el que resulta de aplicar lo siguiente:
Los términos de los peajes de acceso que correspondan al punto de suministro, incrementados en un 20%.
El resto de términos que incluye el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) correspondiente al consumidor con peaje de acceso 2.0A sin discriminación horaria incrementados en un 20% en todos sus conceptos.
En las siguientes tablas se recogen los precios de las tarifas de acceso aplicables a los suministros que no tienen derecho a acogerse al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.
Tarifas de acceso baja tensión
(con potencia contratada mayor de 10kW)
TARIFAS | TÉRMINO DE POTENCIA: €/kW Y AÑO | TÉRMINO DE ENERGÍA: €/kWh | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
2.1A | 44,444710 | 0,057360 | ||||||||||||
2.1DHA | 44,444710 |
|
||||||||||||
2.1DHS | 44,444710 |
|
||||||||||||
3.0A |
|
|
Tarifas de acceso alta tensión
TARIFA 3.1 A | PERIODO TARIFARIO 1 | PERIODO TARIFARIO 2 | PERIODO TARIFARIO 3 |
---|---|---|---|
TÉRMINO DE POTENCIA TP: €/kW Y AÑO | 59,173468 | 36,490689 | 8,367731 |
TÉRMINO DE ENERGÍA TE: €/kWh | 0,014335 | 0,012754 | 0,007805 |
Tarifas de alta tensión
TARIFA | PERIODO HORARIO 1 | PERIODO HORARIO 2 | PERIODO HORARIO 3 | PERIODO HORARIO 4 | PERIODO HORARIO 5 | PERIODO HORARIO 6 |
---|---|---|---|---|---|---|
TÉRMINO DE POTENCIA TP: €/kW Y AÑO | ||||||
6.1 A | 39,139427 | 19,586654 | 14,334178 | 14,334178 | 14,334178 | 6,540177 |
6.1 B | 33,237522 | 16,633145 | 12,172701 | 12,172701 | 12,172701 | 5,553974 |
6.2 | 22,158348 | 11,088763 | 8,115134 | 8,115134 | 8,115134 | 3,702649 |
6.3 | 18,916198 | 9,466286 | 6,927750 | 6,927750 | 6,927750 | 3,160887 |
6.4 | 13,706285 | 6,859077 | 5,019707 | 5,019707 | 5,019707 | 2,290315 |
6.5 | 13,706285 | 6,859077 | 5,019707 | 5,019707 | 5,019707 | 2,290315 |
TÉRMINO DE ENERGÍA TE: €/kWh | ||||||
6.1 A | 0,026674 | 0,019921 | 0,010615 | 0,005283 | 0,003411 | 0,002137 |
6.1 B | 0,023381 | 0,017462 | 0,009306 | 0,004631 | 0,002990 | 0,001871 |
6.2 | 0,015587 | 0,011641 | 0,006204 | 0,003087 | 0,001993 | 0,001247 |
6.3 | 0,015048 | 0,011237 | 0,005987 | 0,002979 | 0,001924 | 0,001206 |
6.4 | 0,008465 | 0,007022 | 0,004025 | 0,002285 | 0,001475 | 0,001018 |
6.5 | 0,008465 | 0,007022 | 0,004025 | 0,002285 | 0,001475 | 0,001018 |
Término de facturación de energía reactiva:
Para cos Φ entre 0,95 y 0,80: 0,041554 €/kVArh.
Para cos Φ <0,80: 0,062332 €/kVArh.
Los precios indicados no incluyen el impuesto sobre la electricidad, el IVA ni los suplementos que regulatoriamente se establezcan.
Puedes consultar las Disposiciones Oficiales en www.cnmc.es
Tarifas vigentes de Gas Natural
Tarifas de gas vigentes desde el 1 de octubre de 2017, publicadas en el BOE de 29 de septiembre de 2017.
En las siguientes tablas se recogen los precios para suministro de último recurso de gas natural, según lo establecido en la Resolución de 25 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural.
Tarifas de alta tensión
TARIFAS | NIVELES DE CONSUMO | TÉRMINO FIJO TF (€/CLIENTES)/MES | TÉRMINO VARIABLE TV €/kWh |
---|---|---|---|
TUR. 1 | Consumo ≤5.000 kWh/año | 4,31 | 0,05015404 |
TUR. 2 | Consumo > 5.000 kWh/año ≤50.000 kWh/año | 8,45 | 0,04328004 |
Términos de conducción del peaje de transporte y distribución firme (P ≤ 4 BAR)
TARIFAS | NIVELES DE CONSUMO | TÉRMINO FIJO TF (€/CLIENTES)/MES | TÉRMINO VARIABLE TV CENT/kWh |
---|---|---|---|
3.1 | Consumo ≤5.000 kWh/año | 2,53 | 2,9287 |
3.2 | Consumo > 5.000 kWh/año ≤50.000 kWh/año | 5,79 | 2,2413 |
3.2 | Consumo > 50.000 kWh/año ≤100.000 kWh/año | 54,22 | 1,6117 |
3.3 | Consumo > 10.000 kWh/año | 80,97 | 1,3012 |
Los precios indicados no incluyen impuestos indirectos. (*)
Condiciones Generales de Contratación [PDF]
(*) Se aplicará el Régimen Económico Fiscal de cada comunidad autónoma.
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