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Qué es la luz de obra y cómo solicitarla

18 de octubre 2024

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Este suministro está destinado a cubrir las necesidades eléctricas durante la reforma de una vivienda. Es de carácter temporal: dura lo que dura la obra. A la hora de contratarla, estos son los pasos a seguir y la documentación que debes presentar.


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Si vas a acometer una gran reforma en tu vivienda o acabas de adquirir una casa que necesita arreglos para ser habitable, es posible que el término “luz de obra” haya llegado a tus oídos por parte de la empresa encargada de los trabajos. Pero no hay que preocuparse: solicitar la luz de obra es un trámite tan necesario como sencillo.

Cualquier tipo de obra en el hogar precisa de corriente eléctrica para alimentar las máquinas involucradas en la labor. Por lo general, si de lo que se trata es de renovar una cocina o cambiar el suelo de una vivienda que ya ha sido habitada, la potencia contratada es suficiente. No así si hablamos de una reforma integral o algo tan habitual como acondicionar una casa recién comprada que hasta ese momento no era apta para ser habitada o simplemente lleva mucho tiempo abandonada.

En estos casos, los equipos que se van a emplear en la reforma van a necesitar un suministro de electricidad mayor para funcionar; o sin que sea mayor, puede suceder que el propietario, puesto que todavía no reside allí, aún no haya formalizado el contrato de electricidad con la correspondiente compañía comercializadora y, por tanto, requiera acceso al suministro previo para que la obra pueda efectuarse. Es entonces cuando se impone solicitar luz de obra.

La luz de obra no es sino un alta en el suministro de luz destinado a cubrir las necesidades eléctricas de una reforma o casa en fase de construcción. Se caracteriza principalmente por su carácter temporal (la duración del contrato está supeditada a la duración de la obra) y la potencia que ofrece, que debe ser acorde a la envergadura del proyecto. A este respecto, los profesionales de la empresa de reformas saben mejor que nadie la potencia que van a necesitar; dependiendo de la magnitud de la obra, puede ser de 3,3 kW a 5,5 kW en proyectos pequeños o de más de 10 kW en obras grandes.


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DOCUMENTACIÓN PARA CONTRATAR LUZ DE OBRA

En la mayoría de casos, la luz de obra la solicita la empresa de reformas; en ocasiones, es el propietario quien debe solicitarla. En ambos casos, hay que aportar una serie de documentos:

  • Certificado de Instalación Eléctrica (CIE). En él queda constancia de que el suministro estará destinado exclusivamente a las labores de la obra. Incluye todos los detalles técnicos sobre el suministro y la instalación. Es el primer paso y hay que pedirlo a la empresa instaladora autorizada.
  • DNI o NIE del solicitante.
  • Licencia de obra del ayuntamiento. No siempre se nos va a pedir, pero es recomendable tenerla a mano por si se nos solicita.
  • CUPS. Es el Código Universal de Punto de Suministro; algo así como el DNI de ese enganche; lo proporcionará la compañía distribuidora. Una vez que dispongamos de toda esta documentación, habrá que presentarla a la empresa comercializadora, con la que firmaremos el contrato de luz de obra y se ocupará de llevar el suministro temporal a la vivienda.
  • No conviene dejar estas diligencias para el último momento, pues has de saber que desde que se solicita la luz de obra hasta que finalmente se dispone de ella pueden transcurrir de 10 a 15 días. Por tanto, realizar los trámites con al menos dos semanas de antelación es lo más aconsejable.

CUÁNTO CUESTA CONTRATAR LUZ DE OBRA

La factura incluirá conceptos como derechos de acceso, de extensión y de enganche y verificación. En total, tendrá un importe de entre 150 y 300 euros, aunque si posteriormente el alta definitiva de la luz (cuando la reforma haya concluido y necesitemos electricidad para vivir) se hace con la misma comercializadora, generalmente parte de ese gasto se descuenta del precio de la acometida. También pueden añadirse en la factura tarifas por alquiler de generadores, cables o luces temporales (si son necesarios) o un depósito de seguridad (reembolsable a la finalización de la obra).

Cuando las obras no terminan en el plazo previsto, y como la duración del contrato de luz de obra se había establecido en función de una previsión (la distribuidora puede cortar el suministro al vencimiento del contrato), la solución pasa por pedir una prórroga o ampliación, en la que tendremos que consignar la nueva fecha prevista de finalización.

CAMBIAR LUZ DE OBRA A DEFINITIVA

También puede aprovecharse la baja del contrato de luz de obra para contratar el alta definitiva (el suministro para el día a día), siempre y cuando su potencia sea suficiente para completar la reforma.

Cuando se termina la obra, el cliente tiene dos opciones. Si ya vivía en esa casa y disponía, por tanto, de luz, deberá dar de baja la luz de obra y seguir disfrutando de la potencia que ya tenía contratada con anterioridad; si aún no residía en la vivienda, y va a hacerlo a partir de ese momento, tendrá que dar de baja el CUPS temporal y contratar la luz con una comercializadora (la misma u otra; aunque si es la misma, el proceso será más cómodo) por los métodos habituales

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