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¿Qué es el bono social? Todo lo que necesitas saber

16 de mayo 2024

3 min de lectura

A este descuento en la factura eléctrica tienen derecho los consumidores considerados vulnerables o vulnerables severos. Te contamos quiénes y cómo se pueden beneficiar de la rebaja que, hasta diciembre de 2023, puede llegar a ser del 80%.

¿Qué es el bono social? Todo lo que necesitas saber

A este descuento en la factura eléctrica tienen derecho los consumidores considerados vulnerables o vulnerables severos. Te contamos quiénes y cómo se pueden beneficiar de la rebaja que, hasta diciembre de 2023, puede llegar a ser del 80%.

¿Qué es el bono social? Todo lo que necesitas saber

Hacer frente a la factura de electricidad puede suponer un problema para muchas familias. Y, sin embargo, tienen derecho a acceder a ese bien que el Defensor del Pueblo define como "esencial" para tener "una vida digna". De hecho, el séptimo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas está encaminado a "garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna".

En este sentido, la Estrategia de Desarrollo Sostenible del Grupo Iberdrola se compromete desde 2015 a "prestar atención a los clientes económicamente desfavorecidos o en cualquier otra situación de vulnerabilidad, estableciendo procedimientos de protección específicos y colaborando, según las políticas que establezcan las administraciones públicas competentes en cada caso, para facilitar el acceso continuado al suministro de energía eléctrica y gas".

La electricidad sirve para mantener frescos los alimentos y evitar que se contaminen por el contacto con el aire. También para que las personas no pasen frío en sus viviendas en invierno y puedan realizar sus rutinas de higiene correctamente. La normativa española denomina "vulnerables" a aquellos hogares con dificultades para disponer de electricidad, y para que puedan ejercitar ese reconocido derecho se establece el "bono social".

QUÉ ES EL BONO SOCIAL

El bono social es un descuento del 25% en la factura eléctrica para los "consumidores vulnerables" y del 40% para los "consumidores vulnerables severos". Hasta el 31 de diciembre de 2023, y excepcionalmente -por la crisis energética-, será del 65% y del 80%, respectivamente. El descuento se aplica a todo el término de potencia y a la parte del término de energía por debajo del límite establecido por la normativa.

QUÉ ES EL BONO SOCIAL

QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL BONO SOCIAL

Para saber si puedes disfrutar de esa rebaja en tu factura lo primero que debes averiguar es si eres un consumidor vulnerable. El gobierno engloba bajo esa denominación a las personas que cumplan alguno de estos requisitos:

  1. Su renta conjunta en la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad que integre la unidad de convivencia. El IPREM de 14 pagas es 8.106,28€.

    Los multiplicadores de renta respecto del índice IPREM de 14 pagas se incrementarán, en cada caso, en 0,5, si en la unidad familiar se da alguna de estas circunstancias especiales: hay algún miembro con discapacidad igual o superior al 33%; si se acreditan situaciones de violencia de género o dependencia; si existe la conducción de víctima de terrorismo; o si la unidad familiar está integrada por un único progenitor y al menos un menor. Si se reúnen estas circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementan en 1 punto IPREM (8.106,28€).

  2. Que esté en posesión del título de familia numerosa.

  3. Que el consumidor, o todos los miembros con ingresos en la unidad de convivencia, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

  4. Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

En el contexto de la pandemia de covid, se consideran también "consumidores vulnerables" a aquellos en situación de desempleo, afectados por un ERTE (Expediente Temporal de Regulación de Empleo) o empresarios que hayan visto reducidos sustancialmente sus ingresos por motivo de cuidados u otro tipo de circunstancias.

Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (si no se forma parte de una unidad familiar o en esta no hay un menor); dos veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar; o 2,5 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

Adicionalmente, en el contexto de la crisis energética provocada por la escalada de precios del gas y la guerra de Ucrania, en la normativa se ha creado el bono social de justicia energética, que es una ampliación temporal del bono social que protege, además, "a los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética", a los que se aplica hasta el 31 de diciembre de 2023 un descuento del 40% sobre el PVPC (Precio voluntario para el pequeño consumidor).

Se aplica a consumidores cuya renta conjunta en la unidad de convivencia sea igual o inferior a dos veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas (16.212,56€) y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.159,42€).

Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad que integre la unidad de convivencia.

CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO

CONSUMIDOR VULNERABLE SEVERO

Por "consumidor vulnerable severo" se entiende a aquellas personas que cumplan alguno de estos requisitos:

  1. Perciba una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".

  2. Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual igual o inferior a dos veces el IPREM de 14 pagas: 16.212,56€.

  3. Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual igual o inferior al IPREM de 14 pagas: 8.106,28€.

  4. Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

CONSUMIDOR EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe poder acreditar ser consumidor vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Además, es necesario tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC). Las siglas hacen referencia al tipo de contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes. El PVPC solo puede contratarse si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.

Basta, por tanto, con que tengas un contrato PVPC -si no estás acogido al PVPC, debes aceptar la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido al PVPC- y cumplas los requisitos exigidos en alguna de las categorías anteriores para que puedas solicitar el bono social.

CÓMO SE SOLICITA EL BONO SOCIAL

CÓMO SE SOLICITA EL BONO SOCIAL

Para optar al bono social, únicamente debes rellenar un formulario que puedes solicitar a cualquiera de las comercializadoras de referencia, firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años, y a continuación deberás hacerlo llegar junto con la documentación requerida a cualquiera de las comercializadoras de referencia.

El bono social, una vez concedido, se aplicará durante dos años, siempre que en ese periodo no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que permiten disfrutar del mismo. En el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantendrá hasta que caduque el título que acredita tal situación. En general, no es necesario presentar una solicitud de renovación. Cuando se acerque el final de la validez del bono, la comercializadora de referencia verificará en automático si se siguen cumpliendo los requisitos, y en caso de que así sea, se extenderá la aplicación del bono social por otros 2 años.

Hay tres excepciones en las que la renovación del bono social no es automática:

  • Las familias numerosas, en las que el bono social se mantiene vigente mientras lo esté el título de familia numerosa presentado en su momento. Finalizada su vigencia, el consumidor podrá realizar una nueva solicitud de aplicación del bono social si cumple los requisitos.

  • Otros beneficiarios para los que, al finalizar el plazo de aplicación del bono social o sus prórrogas, no exista consentimiento de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años y con capacidad para obrar, para la comprobación del cumplimiento de los requisitos. Esta situación se suele dar si alguno de los miembros menores de edad de la unidad de convivencia alcanza dicha edad y capacidad de obrar durante el periodo de aplicación del bono. En este caso, deberá realizarse una nueva solicitud.

  • Los perceptores del bono social desde antes del 31 de marzo de 2022 y que no estén en los casos anteriores. Estos beneficiarios tienen derecho a una primera renovación automática de dos años si cumplen con los requisitos en ese momento. Pero tras esta primera renovación, en caso de que lo deseen y cumplan los requisitos, deberán presentar una nueva solicitud si el titular del punto de suministro desea seguir percibiendo el bono social. A partir de ese momento, si el bono social se recibe con esta nueva solicitud, ya obtendría renovaciones automáticas cada dos años.

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